Vodafone Portugal podría tener que devolver 4.000 millones a clientes por servicios no solicitados





Vodafone Portugal fue condenada por el Tribunal Supremo de Justicia en Acción Popular e inhabilitada para ejercer venta coercitiva de vínculos. Así, el Tribunal Supremo ordenó a Vodafone Portugal la devolución de los pagos por servicios no solicitados.





Según la sentencia a la que tuvo acceso Jornal Económico, se prohíben las cláusulas contractuales en las que el operador de telecomunicaciones pueda activar servicios automáticos.

Con esta decisión, los clientes de Vodafone a los que se ha cobrado en los últimos años la activación de servicios extra de Internet -que se activa automáticamente cuando superan los datos disponibles en el paquete contratado- o el servicio automático de conversión de mensajes de voz a texto a reembolsar esas cantidades.

Esta sentencia resulta de la acción que fue promovida y liderada por Voz Ciudadana – Asociación de Defensa del Consumidor, asociación satélite de ATM – Associação de Investidores, y por otros dos autores (Octávio Viana y Eduardo Viana que desencadenaron la acción popular a la que luego se sumaron asociación, eventualmente liderando el proceso).

Este caso está siendo supervisado por la DG Competencia (de la Comisión Europea) que estaba a la espera de la decisión del juez, ya que el caso tiene un impacto en todos los Estados miembros. Esto porque Octávio Viana, uno de los autores de la acción, también hizo una denuncia formal a la DG Comp que, en la respuesta a la que tuvo acceso Jornal Económico (firmada por Hanna Anttilainen) dice que está esperando la decisión de este fallo de la Corte Suprema. tomar medidas respecto a Vodafone (casa matriz).

Según Octávio Viana, uno de los autores de la acción popular, la estimación del importe cobrado en los últimos años por servicios adicionales por parte de Vodafone Portugal ronda los 4.000 millones de euros. Lo que de confirmar sería una compensación muy fuerte para la operadora ya que factura unos mil millones de euros al año.

Después de que la sentencia sea firme (dentro de 13 días) “levantaremos un incidente de ejecución de la sentencia donde el valor global deberá fijarse a los efectos del artículo 22 de la ley 83/95”, dice Octávio Viana. Dicho artículo, en su apartado 2, establece que “la indemnización por la vulneración de los intereses de los titulares no identificados individualmente se fija globalmente”.





Consultado sobre si ese monto global de compensación será, Octávio Viana dice que es solo, por ahora, una estimación,

Una vez fijada la cuantía global de la indemnización, los consumidores perjudicados disponen de 3 años para reclamar, transcurridos los cuales caduca el derecho y se entrega la cantidad no reclamada al Ministerio de Justicia.

Demanda colectiva contra Vodafone Portugal por cobrar servicios no contratados expresamente

Los demandantes acusan a Vodafone Portugal de obligar a los consumidores de telecomunicaciones a pagar por servicios que no han solicitado previa y expresamente, y afirman que estos servicios “no constituyen el cumplimiento de un contrato válido, siendo nula cualquier cláusula que imponga la posibilidad de no denegación .de servicios extra adicionales”.

El Tribunal Supremo de Justicia en su sentencia dice “se concede la revista y se revoca la resolución impugnada, condenando a la Demandada Vodafone a reembolsar, a los autores populares, los pagos adicionales que les han cobrado, por la activación automática de servicios adicionales no solicitados”. ”, reza la sentencia del 2 de febrero.

El Jornal Económico tuvo acceso al Acordam en la Corte Suprema de Justicia, entregado a raíz de una acción popular iniciada por Octávio Viana y Eduardo Viana contra Vodafone Portugal – Comunicações Pessoais, solicitando que se reconozca el derecho a ser reconocido a todos los clientes del operador, consumidores de servicios de telecomunicaciones móviles , incluidos los demandantes, a no pagar servicios que no hayan ordenado o solicitado previa y expresamente, o que no constituyan cumplimiento de un contrato válido.

Piden que todos los clientes de Vodafone Portugal que sean consumidores de servicios de telecomunicaciones móviles, incluidos los demandantes, tengan derecho a negarse a contratar servicios de telecomunicaciones adicionales. Y que se impide a Vodafone deducir de las opciones establecidas por defecto que el consumidor ha consentido la prestación de servicios adicionales de telecomunicaciones a falta de negativa expresa de los mismos y, en consecuencia, activar por defecto y de forma automática dichos servicios adicionales. También pedían que se reconozca a todos los clientes del operador, consumidores de servicios de telecomunicaciones móviles, incluidos los demandantes, el derecho al reembolso del pago adicional por servicios a los que no consintieron expresamente pero que Vodafone ha prestado a partir de opciones establecidas por predeterminado que los clientes deben rechazar para evitar el pago adicional.

Los demandantes solicitaron al Juzgado que, en cualquier caso, se ordene a Vodafone la devolución, a cada uno de sus clientes o antiguos clientes, consumidores de servicios de telecomunicaciones móviles, incluidos los demandantes, las cantidades correspondientes a los pagos adicionales realizados por servicios a los que el consumidor no ha consentido expresamente (…) y que dicho pago se realiza de forma automática mediante abono en las cuentas corrientes de los clientes de la operadora de telecomunicaciones objeto de la demanda.

Vodafone ya había sido sentenciado por la autoridad de competencia italiana en un caso similar, caso que en su momento llegó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Quien apoyó la acción fue Citizens Voice – asociación de protección al consumidor en la Unión Europea.

La demanda se presentó en octubre de 2018, según nuestras fuentes.

Vodafone comunica al Lusa que analiza la sentencia del Supremo

A Lusa, Vodafone le dice que “está analizando el contenido de la sentencia, que aún no ha adquirido firmeza, y no tiene más comentarios por el momento”, según declaraciones de una fuente oficial, cuando se le pidió que se pronunciara al respecto.

Esta sentencia resulta de la acción promovida y dirigida por Citizens Voice – Consumer Advocacy Association, asociación satélite de ATM – Associação de Investidores, y por otros dos demandantes.

Según Octávio Viana, presidente de la asociación, todos los clientes de Vodafone Portugal están automáticamente representados en esta acción.

La sentencia citada por Lusa dice que la cláusula de controversia de las condiciones generales del contrato de suscripción del servicio fijo y/o del servicio móvil respecto de la descripción del ‘Servicio de Acceso a Internet Móvil’ dispone lo siguiente: «El servicio también permite, utilizar un conjunto de servicios adicionales, como la opción extra de tarifas pospago o el acceso gratuito a ‘wi-fi’ en los ‘hotspots’ de Vodafone Portugal”.

Ana Gomez

Ana Gómez. Nació en Asturias pero vive en Madrid desde hace ya varios años. Me gusta de todo lo relacionado con los negocios, la empresa y los especialmente los deportes, estando especializada en deporte femenino y polideportivo. También me considero una Geek, amante de la tecnología los gadgets. Ana es la reportera encargada de cubrir competiciones deportivas de distinta naturaleza puesto que se trata de una editora con gran experiencia tanto en medios deportivos como en diarios generalistas online. Mi Perfil en Facebookhttps://www.facebook.com/ana.gomez.029   Email de contacto: ana.gomez@noticiasrtv.com

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