Tribunal de Cuentas detecta pago de 4 millones a pensionistas fallecidos
La Seguridad Social pagó cuatro millones de euros en pensiones de supervivencia y de derecho propio a beneficiarios ya fallecidos, en algunos casos desde hace más de 10 años, según ha comprobado una auditoría del Tribunal de Cuentas que se ha divulgado hoy.
La auditoría se centró en las prestaciones por muerte cesadas en 2016 y 2017, habiendo "detectado pagos indebidos de pensiones de supervivencia y de derecho propio a fallecidos". De este valor, 3,7 millones de euros corresponden a las pensiones de supervivencia cesadas en aquellos años, mientras que cerca de 0,4 millones se refieren a pensiones propias.
Entre los 223 casos de pensiones de supervivencia cesadas en 2016 y 2017 y analizadas, hay 40 en que el óbito había ocurrido hace más de 10 años y 35 en que contaba ya con más de seis años.
No es la primera vez que el Tribunal de Cuentas comprueba este tipo de situaciones, mientras que la presente auditoría lo lleva a concluir que, además de estos casos persisten, el Instituto de Seguridad Social (ISS) no instituyó los mecanismos para controlar estas situaciones ni aseguró la recuperación de los valores pagados indebidamente.
La auditoría permitió además verificar que de esos 3,7 millones de euros, hubo una parte de 1,8 millones de euros que se registró como deuda y se recuperaron 614.000 euros (16,7% del total).
Los restantes 1,9 millones de euros "no se registraron como deuda cuando se cesaron las pensiones, ni se desencadenaron procedimientos para su recuperación", lo que "es susceptible de generar responsabilidad financiera punible con multa para los miembros del Consejo Directivo del Consejo Instituto de la Seguridad Social y para el director del Centro Nacional de Pensiones, señala el informe de la auditoría.
Esta situación ha hecho que el número de procedimientos de cobro forzoso haya caído de 1,4 millones de euros en 2015 a 0,8 millones de euros en 2017. "Por incapacidad de identificar al deudor responsable de la restitución de los valores recibidos indebidamente, parte significativa de los procesos de deuda se archivan, quedando a la espera del plazo de prescripción ", precisa el Tribunal presidido por Vítor Caldeira.
El TC concluye también que los procedimientos de registro y confirmación de óbitos que se utilizan "no previenen el pago indebido de prestaciones", y ejemplifica con las situaciones en que la muerte fue considerada para acabar con la pensión por derecho propio, sin que el mismo se hiciera a la de supervivencia, a pesar de que el beneficiario era el mismo.
En el ejercicio del contradictorio, el ISS subrayó que las pensiones de supervivencia y las propias no se encontraban aglutinadas por lo que no era posible hacer el "arrastre" del óbito.
En el año 2017 se estaban pagando 740.631 pensiones de supervivencia, habiendo 9.047 que se estaban pagando a personas sin número de identificación fiscal asociado, incluidos los beneficiarios nacidos ya después de ser obligatorio la obtención de la tarjeta del ciudadano.
En respuesta, el Instituto de Informática precisó que el NIF pasó a ser un campo obligatorio a partir de 2002, al introducir la nueva aplicación de cálculo, pero que persiste un universo de pensionistas sin el NIF asociado que, sin embargo, ser reducido.
En este contexto, el TC recomienda una mayor articulación entre los ministerios de Trabajo y Justicia para garantizar que la información relevante sobre los beneficiarios se incorpora a tiempo en el Sistema de Información de Pensiones.
En el contradictorio, el gabinete del ministro de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social señala que en el Presupuesto del Estado para 2019 se incluyó una norma que busca "habilitar la interconexión de datos" necesarios para el registro de la defunción en el Sistema de Información de la Seguridad Social.
En cuanto a los casos que involucran a personas que residen en el extranjero, donde la obtención de información a tiempo resulta más difícil, el TC recomienda la adopción de medidas, sugiriendo la introducción de pruebas de vida.
En el año 2017, el gasto en prestaciones por muerte (incluida la subvención por muerte y el reembolso de los gastos de funeral), en el marco del sistema de pensiones, totalizó cerca de 2.004 millones de euros, con el gasto de las pensiones de supervivencia que representa 1.903 millones de euros.
El diploma que regula las pensiones de supervivencia prevé que éstas se atribuir a cónyuges, ex cónyuges y miembros supervivientes de las uniones de hecho, pagándose por un período de cinco años si el beneficiario tiene menos de 35 años en la fecha del fallecimiento del otro elemento de la pareja.
El TC subraya que en las uniones de hecho "el actual modelo de atribución" de estas pensiones tiene elementos "que difícilmente son controlables, ya que la unión de hecho no tiene que ser registrada, aunque debe probarse -a través de una prueba la declaración de la junta de parroquia.
Recomienda, por lo tanto, mejoras en la verificación de las uniones de hecho, porque la información disponible en la fecha de septiembre de 2018 puso de manifiesto que, en los casos examinados, las pensiones de supervivencia se mantenían activas a pesar de que ya no cumplían los requisitos para ello, pago indebido medio a lo largo de 32 meses.