Trabajadores independientes liberados de los dos primeros pagos en nombre del IRS
Los trabajadores independientes también serán liberados del primer y segundo pago en nombre del IRS, pero pueden regularizar estos montos antes de la fecha límite para el tercio de estos pagos, de acuerdo con el presupuesto suplementario propuesto.
Según el documento, aprobado este martes por el Consejo de Ministros, “en caso de que un sujeto pasivo no realice el primer y segundo pago a cuenta en 2020”, puede regularizar “el monto total preocupado hasta la fecha límite para el pago del tercer pago, sin ninguna carga o cargo «.
Las personas con ingresos de categoría B, con un valor anual de menos de 10 mil euros y que no realizan retenciones fiscales, deben realizar pagos en nombre del IRS, que se realizan hasta el 20 de julio, septiembre y diciembre.
Teniendo en cuenta la caída en la actividad y los ingresos registrados por los trabajadores por cuenta propia debido al impacto de las medidas para contener la pandemia de covid-19, el Gobierno decidió proceder con una limitación extraordinaria de los pagos en nombre del IRS y también del IRC, realizados por las empresas. .
Según lo previsto en el Programa de Estabilización Económica y Financiera (PEES), en relación con el IRC, las empresas cuya facturación mensual promedio durante los primeros seis meses de 2020 muestran una interrupción de al menos están exentas de realizar el primer y segundo pago a cuenta. menos 40% en relación con el promedio verificado en el mismo período de 2019.
Cuando la actividad principal de la empresa es en el sector de la restauración o el alojamiento, se aplica esta exención de los dos primeros pagos, independientemente de la interrupción en la facturación registrada.
La propuesta de Presupuesto Complementario determina que la actividad principal se enmarca dentro de la clasificación económica de alojamiento, restaurantes y similares cuando la facturación de estas actividades corresponde a más del 50% de la facturación total obtenida en el período fiscal anterior.
Si la interrupción promedio en la facturación es de al menos 20% en comparación con el mismo período del año pasado, hay una reducción a la mitad de esos dos primeros pagos a cuenta.
El Presupuesto suplementario, que modificará la ley del Presupuesto del Estado para 2020, establece que la interrupción en la facturación se mide a través de la factura electrónica.
El pago a cuenta es una de las formas en que las compañías adelantan el IRC que tienen que pagar, pero cuyo valor final solo se determina en el año siguiente, con la entrega del Formulario de declaración anual 22.
Según el régimen actual, las empresas realizan tres pagos a cuenta, en julio, septiembre y diciembre, el monto que se calcula en función del impuesto pagado en relación con el año anterior a estos pagos.
Según el documento, si las empresas verifican, con base en la información a su disposición, que «como resultado de la reducción total o parcial del primer y segundo pago a cuenta (…), un monto superior al previsto en el párrafo 2 del artículo 107 del Código IRC [ou seja, uma importância superior a 20% da que, em condições normais, teria sido entregue], puede regularizar el monto en cuestión hasta que pueda regularizar el monto en cuestión hasta el último día de la fecha límite para el pago del tercer pago, sin ninguna carga o cargo, mediante la certificación de un contador certificado en el Portal de Finanzas «.
«En el período fiscal 2020, el interés compensatorio adeudado como resultado de la limitación, cese o reducción de pagos a cuenta se cuenta día a día, desde el final del período fijado para el último pago a cuenta hasta la fecha en que, para ley, la liquidación debe hacerse ”, el documento también establece.