¡Se ha publicado la ley de telecomunicaciones! Descubre lo que ha cambiado…
La nueva Ley de Telecomunicaciones fue publicada hoy y trae algunas novedades. Una de las principales novedades es el hecho de que los desempleados o las personas que emigran pueden rescindir contratos sin penalización.
La nueva Ley de Telecomunicaciones entra en vigor dentro de los 90 días.
Ley de Telecomunicaciones: Ya puedes leer el Decreto-Ley
En tiempos de una pandemia "más profunda", el Gobierno implementó varias medidas para proteger a los más vulnerables. En materia de telecomunicaciones, más de 2300 consumidores se beneficiaron de medidas extraordinarias. En este sentido, el Gobierno ha actualizado ahora la Ley de Telecomunicaciones.
Bajo esta nueva legislación, los operadores de servicios de telecomunicaciones no pueden “exigir al consumidor titular del contrato el pago de los cargos relacionados con el incumplimiento del período de fidelización" en caso de "situación de desempleo”, si el origen de la cancelación del contrato es un “despido a iniciativa del empleador por un hecho no imputable al trabajador" Y que hay con "implica la pérdida del ingreso mensual disponible del consumidor”.
La información de la ley de comunicaciones electrónicas también establece que “incapacidad laboral permanente o temporal de más de 60 días” del titular del contrato, “particularmente en caso de enfermedad", Insinuando "pérdida de ingresos mensuales disponibles de los consumidores” le permitirá rescindir el contrato con un operador una vez finalizado el periodo de fidelización.
Por otro lado, cualquier persona que quiera rescindir un contrato sin una razón legal podrá hacerlo, abonando el 50% del importe restante del periodo de fidelización “si la extinción se produce durante el primer año de vigencia del período contractual y el 30% del valor de las cuotas mensuales vencidas si la extinción se produce durante el segundo año de vigencia”. vigencia del período contractual”.
Ley de Telecomunicaciones