OE2021: El gobierno refuerza los incentivos fiscales para el mecenazgo cultural
El Gobierno prevé más incentivos fiscales al mecenazgo cultural extraordinario, según la versión preliminar de los Presupuestos del Estado (OE) para 2021 a la que tuvo acceso Jornal Económico.
“En el período impositivo 2021, las donaciones en virtud del Estatuto de Beneficios Fiscales se incrementan en 10 puntos porcentuales, siempre que: el monto anual sea igual o superior a 50.000 € por entidad beneficiaria, la donación se dirija a acciones o proyectos en el área de conservación del patrimonio o programación museológica y las acciones o proyectos a que se refiere el párrafo anterior son reconocidos previamente por orden de los miembros del Gobierno responsables del área de finanzas y cultura ”, señala el documento del Gobierno.
Si bien aún requiere aprobación en la Asamblea de la República, el Presupuesto del Estado aprobado por el Consejo de Ministros también determina que “el límite establecido se incrementa en un 50% cuando la diferencia está relacionada con estas acciones o proyectos”, pero también que “las donaciones pueden ser incrementado en 20 puntos porcentuales cuando las acciones o proyectos tengan vinculación directa con territorios del interior, definidos por orden de los miembros gubernamentales responsables de las áreas de finanzas y cultura.
La declaración de la clasificación de estas medidas “en el régimen de mecenazgo cultural y el interés cultural de las actividades o acciones desarrolladas depende del reconocimiento previo, mediante orden emitida por los miembros del Gobierno responsables de las áreas de finanzas y cultura”.
El Gobierno también estableció que “el valor anual de las donaciones es superior a 50.000 € y la deducción a que se refieren los números anteriores no se puede realizar en su totalidad por falta de recaudación o porque se han alcanzado los límites”, siendo que “la cantidad aún no deducida se puede realizar en las liquidaciones de los tres períodos impositivos siguientes, hasta un límite del 10% de la recaudación del IRS calculada en cada uno de los períodos impositivos ”.