¡No olvidar! Hoy es el día para pagar la última cuota del IMI
Las tarifas del Impuesto Municipal a la Propiedad (IMI) las fijan anualmente los Municipios de la zona donde se ubican los edificios. El pago del Impuesto Municipal sobre la Propiedad (IMI) se puede realizar en su totalidad o en cuotas.
El plazo de pago de la última cuota de IMI para propietarios cuyo importe a pagar supere los 100 euros finaliza este lunes.
Hoy es el último día para pagar IMI. El pago de este impuesto se inició en mayo y la tercera y última cuota debe pagarse hasta hoy. Según información, este año se emitieron 3.893.890 notas de liquidación, 3.303 más que el año pasado. Del total, 900.397 pagarés de liquidación valían menos de 100 euros, lo que significa que alrededor del 23% de los contribuyentes realizó un pago único en mayo del impuesto.
Entre las notas de recaudación emitidas este año (para el IMI de 2019), 670.508 corresponden a un impuesto de más de 500 euros, siendo el resto entre 100 y 500 euros.
Entre los 2.993.493 contribuyentes que este año recibieron notas de liquidación del IMI por valor de más de 100 euros, 480.079 (16%) optaron por pagar el impuesto en un solo pago, aunque podían hacerlo de forma escalonada.
Cómo pagar IMI (a través de MB WAY)
Para realizar el pago del IMI, los contribuyentes deben dirigirse a su área personal en el sitio web del Garantías y luego ir a Pagos.
Entonces solo presiona la opción Pagos Transcurridos
El siguiente paso es presionar Pagar.
Finalmente, deben ingresar el número de teléfono asociado con MB WAY y luego proceder con el pago. Sencillo, rápido y sin las complicaciones de realizar un pago por servicios.
También puedes usar la aplicación Sentar. Impuestos - Pagos (iOS o Android) para realizar el pago. La aplicación de finanzas se integra fácilmente con la aplicación MBWAY, lo que simplifica el método de pago.
El impuesto lo calcula y recauda la AT, pero son los municipios los que deciden, cada año, qué tipo pretenden aplicar en su municipio, dentro del rango del 0,3% al 0,45%.
La ley contempla varias situaciones en las que los contribuyentes pueden estar exentos, en concreto cuando se trata de vivienda propia y permanente del hogar con rentas inferiores a 153.300 euros y el inmueble en cuestión tiene un VPT inferior a 125.000 euros, concediéndose la exención. por tres años.
También existe una exención dirigida a familias de bajos ingresos, con el beneficio fiscal atribuido a los hogares con rentas anuales de hasta 15.295 euros y con inmuebles VPT inferiores a 66.500 euros.