Megaproceso BESA / Eurofin: “Se ha completado el ciclo de decisiones judiciales sobre infracciones administrativas instituidas en el Universo BES / GES”, dice BdP
El supervisor bancario, en un comunicado, atiende la sentencia del Tribunal de Competencia, Regulación y Supervisión (TCRS), de 30 de septiembre de 2021, sobre los procesos Banco Espírito Santo Angola (BESA) y Eurofin.
“Se ha completado un ciclo de decisiones judiciales sobre procedimientos de infracción administrativa interpuestos por el Banco de Portugal relacionados con hechos practicados en el ámbito del universo Grupo Espírito Santo / Banco Espírito Santo (GES / BES), no todos los cuales aún son definitivos, pero todos confirmando, en su contenido esencial, el contenido de las decisiones dictadas por el Banco de Portugal ”, se refiere a la declaración del supervisor sobre el megaproceso BES / Eurofin.
El BdP se refiere a la sentencia de los recursos contra las multas del Banco de Portugal a BES, Espírito Santo Finantial Group (ESFG) y exdirectores en el ámbito de los casos BESA y Eurofin, que fue leída en el Tribunal de Competencia, Regulación y Supervisión, en Santarém, en esa fecha.
Cabe recordar que el TCRS desestimó por totalmente infundado el recurso interpuesto por Ricardo Salgado, condenando al expresidente de BES por la práctica de 10 infracciones, que, en términos legales, correspondían a una multa única de 4 millones de euros, el máximo permitido. en contra de condenas previas por delitos administrativos.
El Tribunal de Competencia también fijó la multa de Amílcar Morais Pires, ex director financiero de BES, en 3,5 millones de euros.
Las multas habían sido aplicadas por el Banco de Portugal (BdP), en el proceso administrativo, en junio de 2019 (BESA) y septiembre de 2020 (Eurofin), pero fueron fijadas mediante procedimiento judicial el 30 de septiembre de este año.
De los cinco recursos, dos fueron concedidos parcialmente, uno por Rui Silveira y uno por José Manuel Espírito Santo. Ambos pasaron de la intención a la negligencia. La multa de Rui Silveira pasó de 400 mil euros a 120 mil euros y la de José Manuel Espírito Santo pasó a ser una mera amonestación. El Tribunal tuvo en cuenta el mal estado de salud del acusado.
Gherardo Petracini vio mantenida la multa de 150.000 euros por el proceso de BES Angola. Pero la multa se suspende en tres cuartas partes por un período de cinco años.
En esta sentencia se cuestionaron los recursos interpuestos por Ricardo Salgado, abordados en el caso BESA (con multa de 1,8 millones de euros) y en Eurofin (con multa de 4 millones de euros); de Amílcar Morais Pires (multa de 1,2 millones de euros para BESA y 3,5 millones de euros para Eurofin); de José Manuel Espírito Santo Silva (1,25 millones de euros de Eurofin), con multas de 4 millones de euros a BES (suspendida íntegramente por cinco años) y un millón de euros a ESFG en el proceso Eurofin.
En el proceso de BESA también apelaron Rui Silveira (multa de 400 miles de euros) y Gherardo Petracchini, responsable del sistema de control interno del Grupo Espírito Santo Finantial (ESFG).
El responsable del sistema de control interno de la ESFG fue condenado por el supervisor, en el marco del proceso BES Angola (BESA), a pagar una multa de 150.000 euros, suspendida en tres cuartas partes durante cinco años, por no implementar los sistemas de control interno. y falta de identificación de las deficiencias de control interno por parte del ESFG.
En el proceso Eurofin, BdP también impuso multas de cuatro millones de euros a BES (totalmente suspendida durante cinco años) y de un millón de euros a Espírito Santo Finantial Group (ESFG).
Solo las multas pagadas por las instituciones financieras revierten al Fondo de Garantía de Depósitos, pero dado que BES ha visto suspendidas las multas, el total de 27 millones de multas aplicadas al caso BES / GES Universe ha regresado al Gobierno / Ministerio de Finanzas.
Mientras tanto, en el megaproceso BESA / Eurofin, las defensas de Ricardo Salgado y exdirectores del Banco Espírito Santo condenados por el Tribunal de Competencia a multas que oscilan entre 120 mil y cuatro millones de euros anunciaron que apelarán la sentencia.
Banco de Portugal habla de confirmación judicial de sus condenas
“Las investigaciones de infracción administrativa relacionadas con el universo GES / BES, en las que el Banco de Portugal identificó y sancionó diversas conductas practicadas en ese universo, algunas de ellas en el origen directo de la resolución de BES, ya eran, en términos de aspectos fundamentales, objeto de Confirmación por decisión judicial. Dos de las sentencias condenatorias dictadas por el Banco de Portugal ahora son definitivas, una tercera fue confirmada por el Tribunal de Apelación de Lisboa y tres por el TCRS ”, explica el BdP en un comunicado.
Como consecuencia de estas decisiones judiciales, varios imputados fueron condenados al pago de multas por un valor aproximado de 12 millones de euros (acumulación judicial). A esta cantidad se suma un valor aproximado de 15 millones de euros, resultante de las decisiones condenatorias que resultaron firmes en la etapa administrativa del proceso, al no haber sido impugnadas judicialmente por los imputados, explica el BdP.
«El presente litigio, en fase administrativa sancionadora y en fase judicial de sentencia, por su complejidad y altísimo volumen procesal, se materializó en la tramitación de causas que ya superan el medio millón de páginas, cientos de horas en actos de investigación de testigos y procesados y en muchas decenas de audiencias ”, recuerda el órgano de control del banco.
“Este litigio, sin precedentes en su dimensión y complejidad, ha llevado a la asignación, desde 2014, de importantes recursos humanos, financieros y logísticos por parte del Banco de Portugal y otras autoridades y entidades nacionales y extranjeras”, explica la institución.
«Las condenas en cuestión se refieren a la conducta de personas físicas y jurídicas que resultó, a saber, en la práctica de actos deliberados de gestión ruinosa, en la desobediencia ilegítima a las determinaciones del Banco de Portugal, en la violación de las normas sobre conflictos de interés y sobre la implantación de sistemas de control interno, el suministro de información falsa al Banco de Portugal o la falta de implantación de un adecuado sistema de gestión de riesgos respecto a la actividad de colocación de productos financieros emitidos por terceros, y también en infracción de varios normas legales y regulatorias relacionadas con la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo ”, concluye el BdP.
Proceso de KPMG el único hasta ahora en el que el Banco de Portugal ha sido derrotado
En la sentencia dictada el 15 de diciembre de 2020, el Tribunal de Competencia, Regulación y Supervisión (TCRS) dictaminó que la impugnación judicial estaba «plenamente fundada», revocó la decisión administrativa y absolvió a KPMG y a cinco de los asociados de dicho auditor que realizaron la auditoría. externo a BES Angola (BESA) y a BES (KPMG Angola y KPMG Portugal).
En el proceso están en juego las multas de cerca de cinco millones de euros impuestas por el Banco de Portugal, en junio de 2019, por incumplimiento de normas que deberían haber llevado a KPMG a emitir reservas a las cuentas consolidadas del Banco Espírito Santo (BES).
El Banco de Portugal y el Ministerio Público recurrieron la decisión del Tribunal de Competencia que absolvió al auditor KPMG y cinco de sus asociados de multas cercanas a los cinco millones de euros.
El 21 de julio, el mismo Tribunal de Competencia redujo a 450 miles de euros la multa de un millón de euros que KPMG había sido condenada por la Comisión del Mercado de Valores de Portugal (CMVM), en el ámbito de las auditorías de las cuentas consolidadas de la BES.
Se apuntó a KPMG por no haber documentado “adecuadamente” los procedimientos que seguía en materia de crédito a clientes de una de las unidades con peso en el grupo, por lo que no se entregó la información adecuada al supervisor en ese momento. “No aplicó, en la valoración de la evidencia de auditoría obtenida sobre el ‘crédito a clientes’ de un componente significativo del Grupo, un nivel adecuado de escepticismo profesional”, según Lusa.
Para la CMVM, KPMG debió haber ingresado reservas en las cuentas de BES, que es el nivel de alerta que tiene un auditor cuando no puede garantizar la veracidad de lo escrito. Según el regulador, el auditor «no incluyó – y debió haber incluido – una reserva (por limitación de alcance) en la opinión emitida en la certificación legal de cuentas e informe de auditoría de los estados financieros consolidados auditados, relacionada con la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría adecuada y suficiente sobre la valoración adecuada (deterioro) del ‘crédito a clientes’ de un componente significativo del Grupo (registrado en el balance de situación consolidado del Grupo) ”, también se refiere a una noticia de Lusa en el tiempo.
Esta condena contrasta con la absolución de KPMG en el caso BES en el procedimiento de infracción administrativa del Banco de Portugal, en el que el supervisor se encuentra ahora en la Corte Suprema de Justicia impugnando la decisión.