Drone cae en la pista despu茅s de haber sido avistado volando sobre el aeropuerto de Lisboa
Un avi贸n no tripulado se estrell贸 en la pista del aeropuerto de Lisboa, el lunes, poco despu茅s de una alerta de avi贸n a la presencia del dispositivo para sobrevolar esa zona, lo que lleva a la interrupci贸n del funcionamiento del aire durante ocho minutos, de acuerdo con ANA Aeropuertos.
"La ANA [Aeroportos de Portugal] confirma la ocurrencia que llev贸 a una interrupci贸n de la operaci贸n durante ocho minutos, debido al cierre del tr谩fico. "El drone fue encontrado en la pista y entregado a las autoridades", explica la gestora del aeropuerto, en respuesta escrita enviada hoy a la agencia Lusa, a帽adiendo que este incidente "no tuvo impacto en la operaci贸n aeroportuaria".
El Comando Metropolitano de Lisboa (Cometlis) PSP dijo el martes Lusa han recibido hasta las 16:45 el lunes una alerta para un evento con un avi贸n no tripulado "que viol贸 el espacio a茅reo del aeropuerto", lo que " caer dentro del per铆metro del aeropuerto "Humberto Delgado. Seg煤n el Cometlis, el aparato fue incautado por la polic铆a, que comunic贸 los hechos al Ministerio P煤blico para investigar el eventual crimen de "Atentado a la seguridad de transporte por aire, agua o ferrocarril", previsto en el art铆culo 288 del C贸digo Penal, cuya pena puede ir de uno a diez a帽os de prisi贸n. No hubo personas detenidas o identificadas en la ocurrencia.
Tambi茅n de acuerdo con la respuesta enviada por ANA – Aeropuertos de Portugal, se inform贸 del incidente a la Autoridad de Aviaci贸n Civil (ANAC), mientras que el regulador de la industria, y la Oficina de Prevenci贸n y de Investigaci贸n de Accidentes de accidentes de aviaci贸n y ferrocarril (GPIAAF ). El NAV Portugal, responsable de la gesti贸n del tr谩fico a茅reo, confirm贸 a Lusa este incidente, as铆 como la existencia de otro informe para advertir de la presencia, al mismo tiempo, un segundo avi贸n no tripulado sobrevolaba la zona del aeropuerto, que no era ser m谩s avistado. Las dos ocurrencias tambi茅n fueron transmitidas por la NAV a la ANAC y al GPIAAF.
El jueves, las operaciones en el Aeropuerto Francisco S谩 Carneiro, en Oporto, estuvieron suspendidas cerca de 40 minutos, tras un avi贸n avistar un drone a 1.675 metros de altitud. El NAV Portugal explic贸 al d铆a siguiente que la suspensi贸n de aterrizajes y despegues tuvo lugar entre 14h52 y 15h32, "el tiempo necesario para llevar a cabo la investigaci贸n de seguridad", y agreg贸 que las autoridades no encontraron manchados o "cualquier avi贸n no tripulado."
La aviaci贸n civil report贸 16 incidentes con drones en el primer semestre de este a帽o, seg煤n datos enviados a Lusa por la Autoridad Nacional de la Aviaci贸n Civil, que instaur贸 15 procesos contraordenadores en 2017 y dos hasta finales de junio. El reglamento de la ANAC, en vigor desde el 13 de enero de 2017, proh铆be el vuelo de drones (veh铆culo a茅reo no tripulado) a m谩s de 120 metros de altura y en las 谩reas de aproximaci贸n y despegue de los aeropuertos.
En los primeros seis meses de este a帽o se comunicaron 16 hechos con drones, que surgen en las inmediaciones de los aeropuertos nacionales, en los corredores a茅reos de aproximaci贸n a los aeropuertos o en la fase final de aterrizaje, a 400, 700, 900 oa 1.200 metros de altitud, con algunos de los informes de las tripulaciones, violando de esa forma el reglamento de la ANAC.
El 28 de julio pasado entr贸 en vigor el Decreto-Ley n潞 58/2018, de 23 de julio, que hace obligatorio el registro de estos aparatos con m谩s de 250 gramos, la contractualizaci贸n de un seguro de responsabilidad civil para drones por encima de los 900 y establece un marco sancionador aplicable a quienes incumplen estas obligaciones para disuadir y censurar adecuadamente y proporcionalmente conductas de riesgo que puedan poner en peligro la seguridad de todos.
El documento establece que la violaci贸n de las reglas en el uso de los drones puede ser sancionada con multa entre 300 y 7.500 euros, adem谩s de la inhibici贸n temporal o aprehensi贸n de los aparatos. En el diploma se definen "multas cuyo valor m铆nimo es de 300 euros, para contraordenas leves practicadas por personas f铆sicas, y cuyo valor m谩ximo asciende a los 7.500 euros, para el caso de contraordenaciones muy graves practicadas por personas colectivas".