Código QR: las empresas ya no están obligadas a presentar facturas









Ya no será en 2021 cuando las empresas estarán obligadas a incorporar el código QR y el código único de documento en sus facturas.

La propuesta provino del PCP y fue aprobada en la especialidad de Presupuestos del Estado para 2021.

Código QR: las empresas ya no están obligadas a presentar facturas

Códigos QR: costos adicionales para micro, pequeñas y medianas empresas

En el tercer día de votación en la especialidad en la Comisión de Presupuesto y Finanzas, los diputados dieron luz verde a una enmienda comunista relativa a la entrada en vigor, en enero de 2021, de la incorporación obligatoria en las facturas del código QR y del código único de documento ( ATCUD) para los sujetos pasivos del IVA, revela Lusa.

ATCUD tiene el formato "ATCUD: CodigodeValidação-NumeroSequencial" y su legibilidad debe estar garantizada, independientemente del soporte en el que se presente al cliente, por los productores y usuarios de software de facturación y otros medios de facturación electrónica, así como las tipografías. autorizado.

Código QR: las empresas ya no están obligadas a presentar facturas





Según una nota explicativa, este cambio "Traería costos adicionales para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), particularmente en la adaptación de sistemas informáticos."

En un contexto en el que las mipymes enfrentan grandes dificultades, producto de la situación económica y social que se ha instalado en el país, se justifica plenamente posponer esta obligación que, sin siquiera discutir el mérito y alcance de esta medida, traería costos que encajar en el contexto actual

Así, se suspenden dos puntos del decreto-ley que regula las obligaciones relacionadas con la tramitación de facturas y otros documentos con relevancia tributaria, así como las obligaciones de llevar libros, registros y respectivos justificantes que recaen sobre los sujetos pasivos del IVA.

Los documentos preimpresos en tipografía autorizada, que se compraron antes del 1 de enero de 2021, se pueden utilizar hasta el 30 de junio de 2021

En vista de estos cambios ...

  • La mención de ATCUD en todas las facturas y otros documentos fiscales relevantes, solo será obligatoria a partir del 1 de enero de 2022;
  • A estos efectos, la AT debe permitir a los sujetos pasivos comunicar series documentales para obtener un código de validación, el desde el inicio del segundo semestre de 2021, a fin de permitir la adecuación de los sujetos pasivos y los respectivos medios de tramitación de facturas y demás documentos tributarios relevantes;
  • el régimentransicional se ajusta, permitiendo que la referida comunicación se pueda realizar a partir del 1 de julio de 2021, y los documentos preimpresos en tipografía autorizada sin mencionar ATCUD, puedan ser utilizados hasta el día 31 de diciembre de 2021.

Ana Gomez

Ana Gómez. Nació en Asturias pero vive en Madrid desde hace ya varios años. Me gusta de todo lo relacionado con los negocios, la empresa y los especialmente los deportes, estando especializada en deporte femenino y polideportivo. También me considero una Geek, amante de la tecnología los gadgets. Ana es la reportera encargada de cubrir competiciones deportivas de distinta naturaleza puesto que se trata de una editora con gran experiencia tanto en medios deportivos como en diarios generalistas online. Mi Perfil en Facebookhttps://www.facebook.com/ana.gomez.029   Email de contacto: ana.gomez@noticiasrtv.com

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